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SRCDMX revoca resolución del TEEP relativa a la representación del Partido de la Revolución Democrática ante el consejo general del IEEP Destacado

25 Feb 2025
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SRCDMX revoca resolución del TEEP relativa a la representación del Partido de la Revolución Democrática ante el consejo general del IEEP Imagen tomada de: https://www.te.gob.mx/

Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEEP) relativo a la representación del Partido de la Revolución Democrática ante su consejo general.

Al resolver el juicio SCM-JDC-2465/2024, el Pleno determinó que asiste razón a la parte actora, dado que el TEEP realizó un estudio deficiente de la controversia y no analizó el agravio relativo a la falta de competencia de la Secretaría Ejecutiva del IEEP para expedir el acto impugnado. En virtud de ello, se precisó que la facultad para determinar la cancelación o no del registro correspondía al Consejo General del IEEP.

Por lo anterior, la Sala Regional revocó la resolución impugnada y determinó que el TEEP debió analizar de manera oficiosa la competencia de la autoridad que emitió el acto combatido.

Se revoca resolución del TET que declaró extemporáneo el escrito de alegatos ante un procedimiento ordinario sancionador.

La Sala Regional, por unanimidad, revocó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) que estimó como extemporáneo el escrito de alegatos presentado dentro de un procedimiento ordinario sancionador.

Al resolver el juicio SCM-JG-1/2025, el Pleno determinó que el Tribunal Local no realizó un análisis adecuado del caso. Si bien la normativa local y reglamentaria establece que las notificaciones surten efectos el mismo día en que se practican, no se específica que ese mismo día inicie el cómputo del plazo procesal. En consecuencia, de conformidad con el principio por persona y siguiendo criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se estableció que el plazo debía computarse a partir del día siguiente a aquel en que la notificación surtió efectos, lo que permitió concluir que el escrito de alegatos fue presentado en tiempo.

Por tanto, la Sala Regional revocó la resolución impugnada.

Con información de: https://www.te.gob.mx/

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El apunte del director

  • Octubre 2026

    Una decapitación orquestada desde la 4T

    La decapitación de la estatua del expresidente Felipe Calderón en Los Pinos no puede reducirse a una anécdota de protesta sindical ni mucho menos justificarse como un simple acto simbólico contra quien decretó la extinción de Luz y Fuerza del Centro en 2009. Lo ocurrido es un acto de vandalismo dentro de un recinto administrado por el Estado y, por ello, plantea una pregunta elemental: ¿cómo fue posible que un grupo de manifestantes ingresara, destruyera una escultura y se paseara con su cabeza sin que la seguridad del lugar lo impidiera?

    Los hechos están documentados. Integrantes del Sindicato Mexicano de Electricistas, azuzados por Jesús Ramírez Cuevas, asesor presidencial, ingresaron al Complejo Cultural Los Pinos después de manifestarse contra Calderón, quien participaba en el Foro América Libre 2026. Los inconformes encontraron la estatua en el suelo, donde permanecía desde que un árbol la derribó en 2025, y procedieron a golpearla hasta desprenderle la cabeza. Uno de los participantes incluso caminó con ella antes de arrojarla contra el piso.

    La primera responsabilidad del gobierno es por omisión. Durante más de un año permitió que una pieza perteneciente al acervo histórico de Los Pinos permaneciera abandonada en el suelo. En julio de 2025, la dirección del complejo había anunciado que sería restaurada y reinstalada; eso no ocurrió.

    La segunda responsabilidad es todavía más grave: la incapacidad o falta de voluntad de la seguridad del recinto para impedir su destrucción. Los reportes disponibles señalan que durante el vandalismo no hubo intervención policial ni del personal encargado de proteger el Centro Cultural.

    Y allí aparece el problema político.

    No existe hasta ahora evidencia pública que permita asegurar que la presidenta Claudia Sheinbaum ordenó la agresión o que Jesús Ramírez instruyó al SME para destruir la estatua. Afirmarlo como hecho sin pruebas desviaría la atención de algo que sí puede exigirse al gobierno: explicar por qué permitió que ocurriera dentro de un inmueble bajo responsabilidad federal y por qué nadie protegió un bien que formaba parte del recinto.

    Porque el Estado de derecho también se defiende cuando el personaje agraviado es un adversario político.

    Felipe Calderón puede ser cuestionado por sus decisiones de gobierno; el SME tiene todo el derecho de repudiar la desaparición de Luz y Fuerza del Centro, protestar contra el expresidente y exigir justicia por lo que considere agravios históricos. Lo que nadie tiene derecho a hacer es sustituir la protesta por la destrucción de bienes dentro de instalaciones públicas.

    Un gobierno democrático no puede administrar la legalidad dependiendo de quién sea la víctima. Si mañana un grupo contrario a López Obrador destruyera una estatua suya dentro de un recinto federal mientras los guardias observan pasivamente, el oficialismo reclamaría —con razón— la aplicación de la ley.

    Ese mismo principio debe valer para Calderón.

    La escena de Los Pinos es particularmente desafortunada porque convierte la intolerancia política en espectáculo: una estatua decapitada, una cabeza paseada como trofeo y una autoridad aparentemente incapaz de detener la destrucción.

    La Presidencia y la Secretaría de Cultura deberían explicar qué ocurrió, quién tenía bajo su responsabilidad la seguridad del complejo, por qué no intervino y qué consecuencias habrá.

    No hacerlo significaría enviar un mensaje peligroso: que en México existen actos de vandalismo tolerables dependiendo de contra quién se cometan.

    Y cuando el poder comienza a seleccionar qué patrimonio merece protección y qué adversario merece el abandono, lo que termina decapitado no es solamente una estatua.

    Es el principio elemental de que la ley debe aplicarse a todos por igual.